Actualizado 4/18/20

La División de Operaciones de Libertad Condicional para Adultos (DAPO) está comprometida con la seguridad de la comunidad, el personal, y aquellos bajo su cuidado. Dado el aumento del riesgo asociado con el uso de transporte masivo/público y los que están bajo la supervisión de la libertad condicional considerados una población de alto riesgo (adultos mayores y aquellos con condiciones médicas crónicas graves conocidas), DAPO ha hecho cambios operativos para apoyar tanto al personal como a los individuos bajo su cuidado y supervisión.

En los esfuerzos para minimizar el impacto potencial de COVID-19, los siguientes pasos se tomarán inmediatamente:

  • Todas las visitas programadas en persona a la oficina de libertad condicional se suspenden, excepto cuando se requiera por ley, para las necesidades críticas, o en caso de emergencia.
  • Las visitas programadas rutinariamente, no esenciales a la oficina se evitarán en este momento.
  • Las personas en libertad condicional deben ponerse en contacto con su agente de libertad condicional por teléfono para que les oriente sobre la conveniencia de acudir.
  • Se suspenden los traslados, viajes o retornos interestatales hacia o desde el estado.
  • Los viajes relacionados con el trabajo para el personal que utilice transporte comercial (es decir, avión, tren, etc.) se limitarán a los viajes esenciales para las necesidades operativas y deben ser aprobados por la autoridad de contratación del miembro del personal.
  • La formación en persona puede posponerse a una fecha posterior, modificarse o renunciarse según se considere apropiado para ayudar a cumplir con la orientación de limitar los grupos grandes y el distanciamiento social.
  • Las personas en libertad condicional deben hablar con su agente de libertad condicional sobre los pases de empleo y de viaje. Las personas en libertad condicional que trabajan para empresas que permanecen abiertas y se consideran «esenciales» pueden seguir yendo a trabajar. Los pases de viaje se revisan de forma individual.

En este momento todas las condiciones de la libertad condicional de los presos en libertad condicional se mantienen, con la excepción de los elementos mencionados anteriormente. Los administradores y supervisores de DAPO evaluarán todas las medidas que se están aplicando y ajustarán, modificarán o renunciarán a las especificaciones requeridas según sea apropiado. Cualquier pregunta que los presos en libertad condicional puedan tener en relación con los esfuerzos de prevención de COVID-19 debe ser dirigida a su Agente de Libertad Condicional.

CDCR continuará siguiendo los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades y las directrices del Departamento de Salud Pública de California para responder a COVID-19. El CDCR mantendrá la cooperación y la comunicación con los departamentos de salud locales y estatales. Se anima al personal de DAPO a comunicarse con su cadena de mando para preguntas o preocupaciones.

Instrucciones provisionales para reportar COVID-19

En un esfuerzo para mejorar el distanciamiento físico dentro de las oficinas de libertad condicional, antes de la liberación de la custodia, se les proporcionará a los reclusos las siguientes instrucciones provisionales para reportar. Estas instrucciones se documentarán en el Estudio del Programa de Liberación del CDCR Formulario 611, y se cumplirán de inmediato:

  • Dentro del primer día hábil, el preso en libertad condicional se pondrá en contacto con la oficina de libertad condicional asignada como se documenta en el Formulario 611 del CDCR
  • El Agente de Libertad Condicional asignado o el Oficial del Día proporcionará al preso en libertad condicional con instrucciones adicionales o asistencia
  • Los presos en libertad condicional que no tienen hogar, que están obligados a registrar el Código Penal 290, o no tienen acceso a un teléfono deberán presentarse a la oficina de libertad condicional dentro del primer día hábil después de la liberación

Por favor, tenga en cuenta: Los presos en libertad condicional que muestren cualquier signo de estar enfermos, como tener fiebre, tos o dificultad para respirar, no se les permitirá la entrada a la oficina de libertad condicional.

Las siguientes son recomendaciones para evitar contraer o contagiar el COVID-19:

  • Evitar el contacto cercano o la exposición a los enfermos
  • Evitar tocarse los ojos, la boca o la nariz, especialmente con las manos sin lavar
  • Evitar compartir alimentos, bebidas, utensilios o cepillos de dientes
  • Lávese las manos a menudo con jabón y agua caliente durante al menos 20 segundos
  • Limpie los objetos y superficies que se tocan con frecuencia
  • Cubra la tos y los estornudos con un pañuelo de papel

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